¿Un SIGAP privado?
- Jorge Chapas
- hace 14 horas
- 2 Min. de lectura
El caso de Tikal, Uaxactún y Yaxhá
En los días recientes tuve la oportunidad de revisitar Tikal, Uaxactún y Yaxhá, tres parques nacionales y sitios arqueológicos en el mágico Petén. En mi canal de Tik Tok: https://www.tiktok.com/@jorgedavidchapas puedes conocer mi propuesta liberal clásica o fusionista al reto de la conservación de la Reserva de Biosfera Maya y sus sitios arqueológicos.
Tikal es el parque nacional mejor conservado, porque es el más visitado y emblemático; pero aún existen muchas áreas de mejora. Yaxhá es un parque que tiene mucho que ofrecer, pero igualmente con poca inversión y áreas por mejorar. Uaxactún es un parque nacional abandonado, sin una carretera formal que permita fácil y, por tanto, sin turistas. La comunidad allí asentada, pese a que se vende como una organización comunitaria exitosa por pertenecer a las Concesiones Forestales Comunitarias, es mayoritariamente pobre, desolada y sin infraestructura básica. Mientras tanto, las Cuevas de Actún Kan, siendo administradas por una ONG (ProPetén) mediante figura de usufructo, están mucho mejor administradas, pero no sin áreas por mejorar. Fotografías: archivo propio.
La propuesta es sencilla: 1) privatizar, 2) desregular y, 3) abrir todos los mercados a la competencia. En cuanto a privatizar, para el caso de los parques nacionales y sitios arqueológicos de importancia cultural o nacional, propongo el método de privatización con “acción dorada” o “golden share”, bajo el cual el Estado, a través del gobierno local y/o nacional, se reserva el derecho de veto, es decir el derecho de “impedir” transformaciones o modificaciones incongruentes con los objetivos de los parques, que son: conservación, restauración, investigación, educación, recreación y turismo.
Al abrir los mercados y derogar el artículo constitucional que declara ciertos sitios como “patrimonio cultural y natural de la nación”, así como las leyes especiales que emanan de la ley constitucional, tales como la ley de Áreas Protegidas (decreto 4-89), la ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación (decreto 26-97) y el decreto 1701 (Ley orgánica del INGUAT), sus reglamentos, acuerdos ministeriales e injustos impuestos especiales, se devolverán los poderes, libertades y recursos a los ciudadanos, posibilitando la inversión privada en la preservación de los bosques, la biodiversidad y los sitios arqueológicos, y constituir así un “Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas Privado”.
¡Que pases una reflexiva Semana Santa!
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Abril 01, 2026
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