En esta sección encontrarás una recopilación de 8 artículos sobre minería, los cuales he publicado en los últimos 10 años; todos han sido corregidos, mejorados y actualizados.
Mayo, 2023.
CONTENIDO
Minería, propiedad privada y anarquía
Marzo 26, 2013
La extracción de minerales se ha convertido en la última década en la principal causa de confrontación y zozobra en Guatemala y, posiblemente en el resto de América Latina—con excepción de Chile. Desde campesinos, empresarios y burócratas, hasta sacerdotes y activistas desfilan diariamente como protagonistas de ese encarnado conflicto. Aunado a ello, surge en el ámbito político un apasionado debate al que subyacen posturas tan irrenconciliables como erradas.
Créditos: Archivo propio.
Siempre he creído que identificar correctamente el problema es ya haber dado un paso decisivo para su solución. Y es que me parece que todo aquel conflicto podría evitarse con tan solo reconocer el enorme potencial de los derechos de propiedad del subsuelo. Pues nadie que no sea legítimo propietario de algo podría hacer uso, agregar valor, conservar, asumir riesgos o disponer la creatividad y la imaginación para crear riqueza a partir de lo suyo. Si se asume que verdaderamente existe un potencial productivo en el subsuelo es imperativo entonces reconocerlo como propiedad privada.
Pero actualmente en Guatemala y la mayoría de países de América Latina ‘todos’ somos dueños del subsuelo. Es así por tradición colonialista, misma que se consigna en las constituciones latinoamericanas. Es el gobierno, por tanto, quien decide, de manera arbitraria y discrecional, quién, cómo, cuánto, dónde y cuándo explorar o explotar los recursos mineros del país. Así, surgen entonces innumerables participantes en decisiones que debiesen ser particulares o individuales. Así, surgen entonces innumerables leyes, reglamentos, instituciones y costes asociados que solamente generan incentivos perversos y entorpecen la creación de riqueza, principalmente para los más pobres.
Contar con los incentivos adecuados es imperativo para desarrollar cualquier actividad, para obtener de esta el más alto rédito posible o para conservar—si fuese el caso, los recursos naturales de un país. En este sentido, Chile es [o era] quizás, el mejor referente regional; aunque obviamente en un contexto diferente, este país sudamericano, rico en minerales y por tanto, con serios conflictos en torno a la actividad en la década de los 70’s, tomó decisiones importantes para que el país llegara a ser uno de los más competitivos del mundo en esta actividad sin menoscabo de la riqueza natural y la gobernabilidad social y política del país.
La Ley Constitucional Minera de 1981 dio vida a la llamada “concesión plena” y ella: a) está protegida por el derecho de propiedad, pues permite que el titular pueda libremente usar, gozar y disponer de la concesión a su entera voluntad, vale decir, vender, hipotecar, dar en garantía, transmitir hereditariamente, etc. b) la eventual expropiación solo puede hacerse con una justa indenmización, es decir comprende el valor de la totalidad del daño patrimonial efectivamente causado, el cual equivale al Valor Presente de los flujos futuros de caja que ella puede generar; c) permite la operación racional de una mina, es decir, el concesionario es libre de realizar la explotación de la mina conforme a sus propias tecnologías, ritmos, procesos, y planes de producción, no estando sujeta entonces a controles ni a obligaciones impuestas por el gobierno de turno, los que se prestan a erróneas imposiciones o a tentadoras oportunidades para la corrupción; d) es un derecho de duración indefinida, evitando así la politazación de la renovación de plazo y e) no depende del poder político, es decir, no está sujeta al poder legislativo o ejecutivo del Estado sino solamente al Poder Judicial. Los resultados de aquella nueva legislación son elocuentes y nadie, a pesar de tener sus inevitables detractores, ha querido cambiar ‘una coma’ desde entonces.
Para Guatemala obviamente cabe resaltar un contexto diferente, pero no tanto como para considerar similares reformas. Estas por cierto debiesen estar muy lejos, por ejemplo, de aquellas que consideren una participación del Estado en la rentabilidad de las empresas.
Me permito citar finalmente a uno de los más distinguidos firmantes de la Declaración de los Estados Unidos: "Desde el momento en que se acepta en una sociedad de que la propiedad privada no es sagrada como las leyes de Dios, y que no hay un imperativo legal ni de justicia pública de protegerla, comienza la anarquía y la tiranía”.
Minería, el caos se expande
Marzo 2014
En diciembre de 2013 participé de la producción de un documental sobre minería en Guatemala por invitación de la organización y medio de comunicación Reason. La información, experiencias y análisis que logré recoger durante aquellos 3 días en los cuales visitamos Mina San Rafael, en San Rafael Las Flores, Santa Rosa, es sobre lo que ahora propongo reflexionar.
Imágen panorámica de Mina San Rafael, San Rafael Las Flores, Santa Rosa.
Créditos: Archivo propio.
Lo primero que debo expresar es lo que yo concibo como el verdadero ''orígen'' del conflicto. No lo es el tema de las regalías, ni las consultas, ni la ausencia de controles ambientales por parte de las entidades gubernamentales; tampoco el nacionalismo con carga ideológica. El orígen, en mi opinión, estriba en la concepción heredada, a manera de institución, de que el subsuelo es un recurso Estatal, y por tanto, un bien público. Ahí…en ese “incuestionable” principio y premisa radica la conflictividad.
Cuando estos territorios (hispanoamericanos) fueron conquistados por España, Italia, Países Bajos y Portugal, entre otros, la disposición oficial establecía que los recursos naturales pertenecían a la Corona, al Rey o Reina vigente.
"Todas las Mineras de oro, é plata, é de plomo, é de otra guisa cualquiera que Minera sea en el señorío del Rey, ninguno non sea osado de labrar en ella sin mandato del Rey"
Ordenanzas de Alcalá, 28 de febrero de 1348.
Así, los bosques (maderas preciosas) y minerales, principalmente oro y plata, pertenecían por decreto a la Corona. Bajo esta disposición, lógicamente puesta en marcha por la fuerza, muchos recursos fueron extraídos y llevados al viejo continente. Para profundizar en este hecho histórico recomiendo la lectura de ''El Robo del Subsuelo" del profesor argentino Guillermo Yeatts (1996).
A la fecha, nuestra Constitución, como todas las constituciones de América Latina con la excepción de la de Chile [al menos hasta 2014], contiene un artículo que reza: “Bienes del Estado…las aguas, los lagos, la zona marítimo terrestre, el subsuelo […]” (Artículo 121). Este y sólo éste constituye el orígen de la conflictividad social sobre minería pues se suprime el derecho de propiedad privada entorno a un recurso económico de origen natural muy valioso.
Como esta premisa ni se cuestiona ni se pone en duda, surge el resto de justificaciones que de sobra conocemos. Pero ni el deterioro ambiental en las fuentes de agua se ha comprobado, y si no preguntar a la misma Universidad de San Carlos que realiza monitoreos conjuntos con las comunidades; ni se obliga a los propietarios de la superficie a vender sus propiedades y si no observar lo sucedido en San Rafael Las Flores donde queda, prácticamente en medio de la mina una propiedad cuyo dueño no quiso vender.
Se observa una casa de block y lámina. Ese terreno no fue vendido por su propietario y la empresa minera respetó la decisión. Debido a los efectos del ruido, polvo y otros impactos, el dueño optó por irse, dejando a ciertos animalitos domésticos, que luego operarios de la mina alimentaban.
Crédito de la imágen: archivo propio.
De lo que sí se observan indicios y es aún más grave, es de la infiltración del narcotráfico en el tema. Y es lógico, generar caos y zozobra conviene para el tráfico rápido y seguro. Los auto-denominados líderes comunitarios, armados por sabe-quién, arremeten contra las empresas in-situ y luego surjen historias cuyos protagonistas, los comunitarios, aparecen en hoteles, borrachos o muertos. El narco por su parte, permanece a la espera del pago de las regalías para solicitar de manera expresa y violenta su parte. Los alcaldes serán ahora los sujetos de extorsión o simple negociación. ¡El caos se expande!
Reitero, no me corresponde dictar conveniencia o no de la actividad para el país, pues no me considero con el derecho ni información suficiente como para llegar a semejante conclusión. Lo que sí me permite el análisis anterior es concluir que la decisión de extraer o no minerales debería corresponder únicamente al dueño del subsuelo. Es él frente al oferente quien debe decidir si otorga en arrendamiento, venta parcial o total el subsuelo que le pertenece. Sin la interferencia del Estado y sus ministerios que elevan los costos de transacción (coordinación), considero que las soluciones serían libres, pacíficas y voluntarias. De no haberlas, sería el poder Judicial (y no el Ejecutivo) la que se invoque para dirimir los conflictos, sean estos, ambientales, contractuales o de límites.
El conflicto minero no terminará pronto, al menos no hasta que decidamos cuestionar la premisa sobre la cual se funda el problema: los derechos de propiedad del subsuelo. Proponemos discutir a profundidad el orígen, la causa y replicar para el subsuelo las instituciones que ofrece para las telefecomunicaciones la Ley de Telecomunicaciones y así generar lo que podríamos denominar Títulos de Usufructo de Subsuelo (TUS’s). Una figura de esta naturaleza contribuiría, para principiar, a depositar la decisión sobre un particular (y no sobre cientos, miles y millones) para luego, de la mano de la competencia, la tecnología y un fuerte Poder Judicial propiciar que la actividad se desarrolle de manera provechosa para todos en términos de empleo, inversiones de largo plazo y dinamismo económico. Cuando termino de escribir este artículo, algunas instituciones lanzan el primero de tres estudios sobre el tema con el propósito de reformar la ley de minería; lamentablemente, la "innovadora" propuesta sigue siendo la misma de siempre: "consultas comunitarias planificadas y legitimadas".
Finalmente, el documental de Reason ya no fue publicado. En la imágen se observa a camarógrafos y periodistas dentro de los túneles de explotación minera.
Crédito de la imágen: Archivo propio.
Gracias Wyoming
Febrero 9, 2015
El reciente anuncio de la Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE) sobre la baja en los precios de la electricidad y la reducción considerable en el precio de los combustibles en los últimos días son noticias que todos los guatemaltecos celebramos. Si bien es cierto estos fenómenos económicos ocurren influidos principalmente por factores políticos (lamentablemente), es importante advertir que a ellos subyacen también factores tecnológicos de gran trascendencia.
Créditos: archivo propio.
Ocurre que la oferta y la demanda son fenómenos que marcan la fijación de los precios internacionales: a mayor oferta de un bien, menor es el precio del mismo. Últimamente, la oferta de petróleo ha sido afectada, entre otras razones, por el aumento de producción de petróleo y gas natural en Estados Unidos. Sólo de 2007 a 2012 este país ha incrementado en 43% sus reservas de crudo y en un 30% las de gas natural, y ello se ha debido a las nuevas aplicaciones en la extracción de estos recursos.
La fracturación hidráulica –o fracking- es una innovación tecnológica que, aunque ha sido empleada de algún modo desde 1940, es hasta los años recientes que ha permitido liberar grandes contenidos de petróleo y gas natural derivado de aplicaciones más especializadas. Aunque se suele pensar que la fracturación hidráulica consiste en la mera perforación de los pozos, realmente el proceso innovador inicia después de la perforación inicial. Mediante la inyección de arena, químicos y agua, se mantienen abiertas por más tiempo las fracturas (o grietas) abiertas por la perforación inicial, permitiendo mayores rendimientos de extracción. Algunas organizaciones ecologistas han alegado contaminación de las fuentes de agua subterránea, pero nada de eso ha sido comprobado.
Estados Unidos es de los pocos países, sino el único, cuyo subsuelo es considerado privado, es decir, pertenece al dueño del suelo y no al Estado. Los derechos de propiedad sobre los minerales se definen con base en la regla de la captura: quien extrae el recurso y lo lleva hacia la superficie es legítimo dueño. Sólo en Pavillion, Wyoming, un pequeño poblado de 250 habitantes, operan 125 pozos en un área no mayor de 15 kilómetros cuadrados. La propiedad privada del subsuelo y el respeto de instituciones económicas como la regla de la captura han sido los incentivos necesarios y suficientes para generar el boom energético en Estados Unidos y en consecuencia, una parte de las buenas noticias para nosotros los guatemaltecos.
Lamentablemente, en Guatemala seguimos considerando el subsuelo como un bien Estatal y continuamos aplicando legislación perversa a la explotación de nuestros recursos minerales. Si bien es cierto el marco legal energético genera algún grado de competencia y la matriz energética nacional se ha diversificado, siendo hoy por hoy las “renovables”, una fuente importante, es oportuno advertir que las instituciones que han estimulado dicho desarrollo son más políticas que económicas. La Ley de Incentivos para el Desarrollo de Proyectos de Energía Renovable, la discrecionalidad de las municipalidades en la fijación de precios por alumbrado público y la Ley de Tarifa Social contribuyen artificialmente a la baja en el precio de la energía. Estas leyes y mecanismos representan más burocracia, privilegios y distorsión del sistema de precios, dejando el esquema en manos del poder ejecutivo, quienes generalmente ostentan intereses políticos.
Si generamos un marco de condiciones en el cual converjan la innovación y el emprendimiento, estas noticias serían probablemente más frecuentes y estables y no fortuitas e inciertas.
En los Estados Unidos impera el principio heredado del sistema británico: "Cujus est solum, ejus est usque ad coelum ed ad inferos" (aquel a quien pertenezca el suelo, también es dueño de todo lo que se encuentra por encima y por debajo por una extensión indefinida, hasta el cielo y el infierno).
Berta Cáceres y La Puya
Marzo 9, 2016
El pasado jueves 3 de marzo a la 1 a.m. fue asesinada la hondureña Berta Cáceres, líder indígena y activista-defensora del medio ambiente en aquel vecino país. Los medios han cubierto la noticia aludiendo al móvil del crimen como uno de índole “político” o medio-ambiental; tanto su madre como una de sus hijas así lo han señalado.
Su lucha por impedir la instalación de una hidroeléctrica (Agua Zarca) la llevó a fundar el Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH) y a asociarse con otras organizaciones de activistas: Otros Mundos Chiapas (México) y Amigos de la Tierra (España), ambas influidas por la izquierda radical. Durante su gestión no faltaron—hay que decirlo, las violaciones a la vida y a la propiedad privada de la empresa y algunos de sus miembros.
Sobre el caso en particular y luego de examinar varios medios de comunicación, me surgen varias dudas de su asesinato que seguramente el ente investigador hondureño deberá resolver: ¿porqué Berta Cáceres se encontraba en una vivienda diferente a la que se había acordado proteger por parte de la Secretaría de Seguridad de Honduras? Al momento del ataque (1 a.m.), otro activista, el mexicano Gustavo Castro Soto de la organización Otros Mundos Chiapas, se encontraba con ella. ¿Por qué intentó salir de Honduras el domingo 6 de marzo habiendo sido él testigo ocular de los hechos? ¿Por qué se encontraban juntos al momento del ataque?
En Guatemala, mientras tanto, la reciente manifestación a manera de plantón que hacen personas de La Puya exigiendo el cierre del proyecto minero Progreso VII Derivadas (San José del Golfo), también tiene graves repercusiones. Primero, el desgaste de las personas y sus familias; según uno de los manifestantes pasarán ahí los “años que sean necesarios”. Asimismo, la confrontación y la polarización política que viene por añadidura y la instrumentalización de estos grupos por parte de ONGs perversas por agitadoras y financistas. Todo un círculo vicioso.
Incongruencias: ni las láminas, ni el block para mural, ni los relojes ni los lentes, serían posibles sin la minería. Lamentablemente, la Iglesia Católica ha abanderado la "lucha" contra la minería y ha dado un mal ejemplo en materia de "buena mayordomía de La Creación".
Créditos: OFM.
Pero bien, no es mi propósito aquí ni resolver casos de asesinato ni defender a una u otra parte en conflicto. Mi objetivo más bien es hacer notar la causa primera de la conflictividad minera en Guatemala y América Latina, y proponer una solución alternativa.
La causa primera de todos estos males es el reconocimiento jurídico y el paradigma popular de concebir el agua y el subsuelo, por ejemplo, como bienes públicos, por tanto, sujetos de la administración del gobierno. Esa y no la violencia, esa y no los permisos que el Estado otorgados a manera de licencias, es la causa de estos problemas. La violencia y la confrontación son sólo consecuencia de semejante sistema.
Si el subsuelo fuese de esas personas y no del Estado, si el agua de los ríos estuviese bajo un sistema de claros derechos de propiedad o fuesen privados, ni Berta Cáceres ni los pobladores de La Puya tuviesen que pagar tan alto su descontento con las actividades mineras o de generación eléctrica.
Los derechos de propiedad otorgan, en primera instancia, el poder de elegir libremente a sus poseedores el destino de sus bienes. De querer construir una hidroeléctrica o explotar una mina ellos podrían establecer contratos privados, los cuales deberán contemplar utilidades y el cumplimiento de ciertos estándares ambientales. De incumplir dichos contratos, el sistema de justicia deberá intervenir para dirimirlo o resarcir a la víctima. Hasta ahí y sólo ahí la intervención del Estado.
Mucho cuidado porque estos casos solo abonan a una victimización sin sentido, se idealiza de forma incorrecta la defensa de los recursos naturales, fortalecen un movimiento perverso que nos arrastra a la mala polarización política y reivindica un sistema estatista y mercantilista que sólo conduce a más pobreza y violencia. La propiedad privada, en cambio, devuelve el poder al ciudadano, extrae lo mejor de los involucrados y nos conduce a soluciones pacíficas, libres y voluntarias.
Buscando a Marlin
Enero 25, 2017
Marlin es el nombre del pez payaso que pierde a su hijo Nemo y luego a su mejor amiga Dory en la inmensidad del océano. La saga "Buscándo a Nemo" es ya un clásico para los chicos y para nosotros los padres oportunidad de mostrarles las virtudes de la perseverancia, el coraje y la amistad.
Pues en la historia que hoy quiero contar es Marlin a quien se busca…
Cuando aún trabajaba para el Programa Regional Forestal de Centroamérica (PROCAFOR), en 2002 o 2003, tuve la oportunidad de acompañar a uno de mis superiores en una visita al área del proyecto minero Marlin, en Sipacapa y San Miguel Ixtahuacan, San Marcos. Recuerdo que la zona era árida, de escasa vegetación y de pobreza abundante. Debimos atravesar un río para llegar, posiblemente el Tzalá, el Quivichil o el Cuilco.
Cinco años antes había iniciado el proceso de exploración, el cual determinaría que los habitantes de la zona estarían parados sobre 1,400 millones de onzas de oro. Así, en 2003 iniciaba operaciones y es desde entonces que Marlin, la Mina, ha venido desarrollando uno de esos procesos productivos muy complejos, antiguos y costosos que ha debido emprender la humanidad.
Infografía sobre el proceso de minado. Fuente: Newmont - Marlin.
El extraer minerales del subsuelo es una práctica muy antigua. Sin ir muy lejos, en nuestras tierras ya los mayas empleaban técnicas de extracción de minerales (¡A cielo abierto!) y es de aquella actividad y esas piedras calizas que hoy disfrutamos muchos en Tikal, por ejemplo.
En diciembre de 2016 tuve la oportunidad de volver a la mina, 17 años después del inicio de operaciones. Nada queda por discutir en cuanto al proceso de cierre técnico. El rajo u hoyo de donde finalmente se extrajo el mineral ha sido rellenado técnicamente, logrando incluso y a manera de guinda, un paraje en el cual se pasean algunos animales y surca un cultivo de café y algunos frutales. Por cierto, en cuanto al agua y al cianuro que tanto ha dado de que hablar, todo en orden y nada finalmente que lamentar.
Video sobre el cierre técnico de la Mina Marlin. Fuente: Newmont - Marlin.
Goldcorp, Inc. y su subsidiaria local, Montana Exploradora de Guatemala, se van y dejan a su paso la evidencia de que es posible extraer minerales sin perjudicar el medio ambiente. Deja también a su paso buen resultado de “eso” que llaman Responsabilidad Social Empresarial (RSE) y que a la postre se traduce en paternalismo y ausencia de responsabilidad por parte de gobiernos municipales y gobierno nacional. Bajo este perverso concepto, las empresas asumen un rol que no les corresponde y de tal cuenta emerge una gran cantidad de proyectos e iniciativas (viveros forestales, orquídeas, granjas de cerdos, hortalizas, frutales, café, educación y salud) que seguramente no serán sostenibles para los habitantes del lugar.
Es necesrio cuestionar "el sistema de regalías" predominante en nuestros países, en América Latina, con excepción de Chile. Ese perverso sistema u orden jurídico entorno a la actividad minera sigue causando conflictividad social, ahuyenta las inversiones y hace proclive a los gobiernos y demás “actores clave” a la corrupción.
Creo que si otra lección buena puede dejarnos Marlin, sus inversores, gerentes, operadores técnicos, colaboradores, proveedores y vecinos es que debemos transitar hacia un sistema de propiedad privada, en el cual sean dueños del subsuelo los dueños del suelo. ¿Por qué no?
Un sistema así permitiría que los habitantes de la zona establecieran contratos privados con las empresas de capital internacional o nacional –ello carece de importancia–, la subcontratación de terceras empresas que auditen los temas técnicos y ambientales y sobre todo posibilitaría que las ganancias queden en manos de los dueños del subsuelo, generando inaudita riqueza material y un genuino progreso en aquellos pueblos.
El sistema de regalías produce seres humanos obedientes y excesivo paternalismo, encarece el proceso productivo y desvirtúa a la empresa de su principal responsabilidad social: el generar utilidades. Por el contrario, el sistema de derechos de propiedad supone, primero, la libertad de elegir si se quiere o no aquella actividad productiva y además genera condiciones para que emerja la responsabilidad individual, facilita las inversiones, reduce el conflicto social y lo mejor: permite que parte de las utilidades se queden en manos de quienes debe quedarse, los habitantes de la zona.
De momento Marlin se va y seguro habrá que buscarle…desde este espacio, mis felicitaciones y admiración por el derroche de profesionalismo, perseverancia y valentía. Ojalá esta y otras empresas mineras se embarquen ahora en lo que quizás sea un reto mayor al encontrado en las canteras y rajos: cambiar el sistema de regalías a un sistema basado en la propiedad privada del subsuelo. ¡Piénsenlo!
El subsuelo según Turgot
Mayo 17, 2017
“Toda ley innecesaria es un mal por el solo hecho de ser una restricción a la libertad, libertad que por sí misma es siempre un bien” Turgot.
Retomo en esta oportunidad el tema de los derechos de propiedad del subsuelo pues en días recientes llegó a mis manos una obra del pensador francés Turgot. La obra, escrita en 1769 durante su gestión como intendente de la ciudad de Limoges, Francia, donde debió ejercer un rol en el otorgamiento de permisos a la actividad de “minas y canteras”, fue traducida al español por mi amigo belga Vincent Dumortier y publicada gracias al esfuerzo editorial de Walter Puelles.
Anne-Robert Jacques Turgot
La obra es por demás interesante. Plantea una tercera vía sobre los derechos de propiedad del subsuelo. La primera, y vigente hasta nuestros días en toda América Latina con excepción de Chile, concibe el subsuelo como un recurso que pertenece al Estado por ley. Este primer enfoque deriva de la tradición hispana cuyo espíritu radica en los intereses económicos de la Corona o del Rey. De esta modelo deriva "el sistema regalista", o de regalías y licencias que prevalece hoy en día. Abundantes son las pruebas de que este sistema resulta en una seria conflictividad social, búsqueda de rentas, corrupción y altos costes para la actividad minera.
La segunda, vigente sólo en algunos países (Inglaterra, Estados Unidos, Australia, India, Sudáfrica y Canadá), concibe el subsuelo como un accesorio del suelo (principio de accesión) y a ello adhiere el principio de apropiación, el cual otorga al propietario el derecho de uso de todo aquello que habite en su propiedad y “de todo lo que se encuentre por encima y por debajo por una extensión indefinida, hasta el cielo y el infierno”. Estos principios los adopta el derecho anglosajón (common law) del derecho romano y a diferencia del sistema jurídico español, este sistema se basó en fallos judiciales, en precedentes y en el sentido común.
Turgot nos propone una tercera vía: la de concebir el subsuelo como propiedad de aquel que lo trabaja. Ni del Estado ni del propietario del suelo. La premisa fundamental de este pensador francés es el derecho natural a la propiedad, anterior al Estado mismo. Influenciado por John Locke, padre del liberalismo político, Turgot prácticamente invalida el principio de accesión del derecho anglosajón, estableciendo 4 premisas, a saber: “1. Ya que la ocupación no se extiende en sí bajo tierra; 2. Porque la razón de equidad y de interés común, que hizo que los primeros agricultores aseguraron el fruto de su trabajo, no tiene aplicación a los materiales subterráneos, que no son objeto de cultivo ni producto del trabajo; 3. Porque el propietario no percibe daño ni disturbio de la búsqueda de estos materiales cuando las aberturas no están en su propiedad y; 4. Porque, en los tiempos cercanos del origen de las propiedades de la tierra, la sociedad misma carecía de los medios para hacer valer esta garantía legal de la posesión de los materiales del subsuelo”.
Resalta de la visión de Turgot el principio de libertad: “[…] uno es libre de cavar debajo de la tierra de otra persona, con la condición de que sólo haga las aberturas en su propio terreno”. Como resultado de lo anterior, este pensador del Siglo de las Luces (XVIII) se atreve a proponer en este breve ensayo un Código de Minería…uno que, por mucho, parecería inútil a los ojos de cualquier gobernante estatista, pero tan justo a los de nosotros los liberales clásicos. Tal instrumento, de necesitarse, incluiría sólo 4 artículos: 1) Cada uno tiene derecho de cavar la tierra en su campo; 2) Ninguno tiene derecho a cavar la tierra en el campo de otra persona sin su consentimiento; 3) Cualquier persona es libre de excavar galerías bajo el terreno de otra persona, siempre que tome todas las precauciones necesarias para prevenir cualquier daño al dueño de la superficie y; 4) que, con esta libertad, quien cavó debajo de su campo o del campo de los demás, se convirtió, como el primer ocupante, en propietario de las obras que hizo bajo tierra y de los materiales que extrajo; pero no adquirió nada más. Por general, abstracta, sencilla y clara, ¿muy interesante verdad?
La obra merece un estudio detenido. A mí me surgen algunas preguntas: ¿La explotación de minas y canteras, actualmente, no implica daño ni disturbio al dueño del suelo? ¿Es razonable jurídicamente y de acuerdo a la tradición del derecho anglosajón la invalidación del principio de accesión? ¿Si este principio de accesión puede traer mejoras económicas a más personas (dueños del suelo) mediante contratos privados, por qué invalidarlo? ¿La minería a cielo abierto qué implicaciones tiene respecto de la minería de canteras? En fin, que continúe el diálogo sobre el tema. De momento felicito desde esta tribuna a Vincent Dumortier, Edwin Zarco (Perú) y al equipo editorial por haber puesto a disposición de muchos interesados esta obra.
¿Quién debería ser el dueño de los recursos económicos de origen natural?
Octubre 18, 2017
Este es el título de la disertación que hice en el VIII Seminario Interuniversitario, Economía para la Política, celebrado en Quetzaltenango el viernes 13 y sábado 14 del corriente. Aprovecho este espacio para agradecer al Centro para el Análisis de las Decisiones Públicas (CADEP-UFM) y a las universidades organizadoras el haberme invitado a tan importante foro anual.
Presentación en Universidad Rafael Landivar, octubre 2017. Créditos: Archivo propio.
La pregunta, por demás interesante, plantea el desafío de romper el paradigma de los bienes públicos sobre el cual yace toda la idiosincrasia guatemalteca—y también latinoamericana. Supone la mayoría de personas en estas latitudes y longitudes que los recursos naturales deben ser tutelados por el gobierno, pues en los ciudadanos reside una intensa ambición y espíritu destructor. La falta de educación, dicen, no les hace comprender que el agua, los bosques, el suelo y el subsuelo deben protegerse, al punto casi de mantenerse intactos.
¿De dónde entonces—pregunto, deben surgir todos los bienes materiales que hoy nos permiten vivir con ciertas comodidades, mismos que, a la vez, aplazan nuestra muerte y nos alejan de la hostil naturaleza?
Aquella mentalidad que otorga al estado la tutela de los recursos naturales es resultado de una tradición institucional, la hispana anti-liberal. Guillermo Yeats en su libro "El robo del subsuelo" lo reseña claramente al observar en las ordenanzas de Alcalá de 1348 el siguiente texto: “Todas las mineras de oro, é plata, é de plomo, é de otra guisa cualquiera que Minera sea en el señorío del Rey, ninguno non sea osado de labrar en ella sin mandato del Rey”. Son estas las ideas que subyacen a nuestras instituciones, las que dan origen a un régimen prohibitivo, de permisos, regalías y subsidios.
Y son las instituciones las que dan vida a los incentivos y estos a los resultados. En nuestro caso, el de América Latina y Guatemala, los son la depredación, la contaminación y la sobreexplotación. Parafraseando a Einstein: si queremos resultados diferentes no hagamos siempre lo mismo.
Los recursos naturales deben ser de aquel que legítimamente los haya adquirido, ya sea mediante herencia, ya sea que haya puesto de por medio sus facultades, esfuerzo o trabajo para obtenerlo. Los recursos no son de aquellos que los han obtenido mediante el robo o el fraude.
El economista mexicano, Luis Pazos, refiere que “la propiedad implica lo que los juristas llaman ius utendi, ius fruendi y ius abutendi: derecho a usar, a disfrutar e incluso a abusar. La propiedad es la facultad de decidir el destino de un bien”, sea cual sea éste. Cuando cualquiera de estos actos es sometido mediante las leyes a un régimen prohibitivo, de permisos, regalías o subsidios, la elección, en principio, deja de ser tuya y en consecuencia la propiedad pierde sus atributos.
Los bosques y la biodiversidad en Guatemala, por ejemplo, están sometidos a un régimen prohibitivo (sistema de áreas protegidas), de permisos (licencias forestales) y subsidios (programas de incentivos tales como PINPEP y PROBOSQUE); los tres mecanismos imponen restricciones o distorsionan el uso, disfrute y abuso, incluso, de los bienes y servicios que presta ese recurso natural. Y ninguna de las tres políticas públicas ha logrado, ni logrará, lo que se ha propuesto. Basta ver datos en los perfiles ambientales, los inventarios forestales nacionales, en la tesis de maestría de quien escribe y en las evaluaciones de la política forestal.
Bien dice John Calvin Coolidge Jr., presidente republicano de los Estados Unidos (1924), que “es más importante matar las malas leyes que aprobar las buenas”. Aquellas leyes contra el mejoramiento del ambiente deben ser derogadas y en su lugar reestablecer un orden cuya esfera pública se confine a la seguridad y defensa, justicia y obras públicas (gobierno limitado) y a la esfera privada pertenezca todo lo demás: la economía, la educación y la salud de los hijos; los ahorros, la banca y el dinero, pero también los bosques, el agua, el suelo y el subsuelo (mercados libres), bajo el irrestricto respeto de la propiedad privada. ¡Piensa y actúa fuera de la caja!
Cromo
Guatemala tiene un potencial minero que nos puede sacar de la pobreza.
Junio 18, 2021
En Guastatoya, El Progreso, existe una aldea cuyo nombre es “Cromo”, el nombre del mineral que es utilizado en la industria metalúrgica para aportar resistencia a la corrosión. Poca información se encuentra de aquel lugar, pero su singular nombre deriva de su ubicación en la región con potencial minero conocida como Cordillera central, y de su actividad económica en algún momento de la historia.
Cromo (Cr) - Créditos: Wikipedia.
Es de suponer que hoy las familias guatemaltecas que viven allí son de muy escasos recursos y viven con precarios servicios de agua potable, educación, atención médica y malas carreteras. ¿Qué sería de aquellas familias si el subsuelo fuese privado y existiesen libertades económicas para explotarlo?
De nada sirve tener abundantes recursos naturales si no existen las condiciones para aprovecharlos en beneficio propio. El sistema de propiedad estatal, regalías y licencias que hoy tenemos no ofrece los incentivos para que la riqueza que puede derivarse de explotar el subsuelo quede en manos de los dueños del suelo. Hoy esos ingresos quedan en manos de burócratas estatistas, se generan incentivos para la corrupción y se apacigua a las comunidades locales con una “consulta”. ¿Por qué no darles la opción de decidir libremente si quieren o no explotar los minerales que yacen bajo sus pies?
Un régimen de propiedad privada del subsuelo será posible únicamente si apoyamos la creación y crecimiento de un partido político fusionista, que tenga dentro de su programa una serie de reformas dirigidas a desregular, privatizar y abrir los mercados a la competencia. Ello creará condiciones de seguridad, justicia, educación, atención médica, conservación ambiental y obras públicas de calidad, permitiendo a los dueños del subsuelo, hoy pobres, convertirse en guatemaltecos ricos. ¿Por qué no?
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Post Scriptum: resulta que hay una aldea en Santa Rosa, Guatemala, cuyo nombe es igual a mi apellido. Y resulta que se opone a la minería. ¡Pues yo no! 😎
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